Ley 30077 bajo la lupa: las nuevas modificaciones que podrían debilitar la lucha contra el crimen organizado

En los últimos meses, la Ley N° 30077 —conocida como Ley contra el Crimen Organizado— ha sido modificada a través de la Ley 32108 y su texto sustitutorio, publicados en agosto y octubre del 2024. Estas reformas redefinen lo que se considera una organización criminal en el Perú, cambiando parámetros clave sobre su estructura, finalidad y los delitos que pueden ser perseguidos bajo este marco legal.

Pero la gran pregunta es: ¿estas modificaciones fortalecen el sistema de justicia o complican la lucha contra las mafias?


Cuadro comparativo de las modificaciones

ArtículoVersión anterior (hasta 08/08/2024)Ley N° 32108 (desde 09/08/2024)Texto sustitutorio que modifica la Ley 32108
Artículo 2Se consideraba organización criminal a cualquier grupo de tres o más personas con tareas repartidas y con carácter estable o indefinido, que funcionaba de manera concertada para cometer delitos graves.Se redefine como un grupo con compleja estructura y mayor capacidad operativa, compuesto por tres o más personas con carácter estable o indefinido, que actúan concertadamente para cometer delitos graves sancionados con pena mayor de seis años, buscando el control de una economía o mercado ilegal.Se considera organización criminal a todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa, compuesto por tres o más personas permanentes o indefinidas, que actúan de forma concertada para cometer delitos de extorsión, secuestro, sicariato u otros sancionados con pena mayor o igual a cinco años, con el fin de obtener un beneficio económico o material.
Artículo 4Se aplicaba a todos los delitos señalados en el artículo 3, sin distinción de pena.Se limita a los delitos con pena mayor de seis años.No presenta modificaciones.

Fuente: Elaboración propia con base en las publicaciones del Diario Oficial El Peruano.


“Si bien las nuevas definiciones buscan delimitar con mayor precisión qué es una organización criminal, podrían generar el efecto contrario: hacer más difícil demostrar la existencia de una. En la práctica, el crimen se adapta más rápido que la ley.”


Las recientes modificaciones exigen que las organizaciones criminales sean grupos con estructura compleja, roles definidos y alta capacidad operativa, lo que aumenta el nivel probatorio necesario para acreditar su existencia. Además, se redujo la lista de delitos considerados, concentrándose en extorsión, secuestro y sicariato, y dejando fuera otros delitos graves, como los cometidos contra la administración pública.

Estos cambios, aunque parecen buscar una mayor claridad legal, podrían tener un efecto adverso: limitar la capacidad del sistema judicial para perseguir redes criminales menos estructuradas, pero igual de peligrosas. En otras palabras, la ley se vuelve más técnica, pero quizás menos efectiva frente a la realidad del crimen organizado en el país.

En conclusión, la actual versión de la Ley 30077 plantea un nuevo desafío: equilibrar la precisión jurídica con la eficacia en la persecución penal. El riesgo está en que, al intentar definir mejor el crimen organizado, se termine dando más margen a las organizaciones delictivas para operar con impunidad.

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